En corto
- El motivo más habitual del rechazo es que no se declaró una enfermedad al contratar.
- Lo que cuenta es el cuestionario de salud que te hicieron rellenar. Si no te preguntaron, en principio no pueden reprochártelo.
- Pasado un año desde la contratación, la compañía ya no puede discutir el contrato, salvo que hubiera dolo.
- En invalidez, hay que comparar tu situación con la definición exacta de la póliza.
Por qué suelen rechazarlo
Cuando fallece el titular o le reconocen una invalidez, la familia o el propio asegurado piden a la compañía que pague lo que queda de hipoteca. Las respuestas negativas más frecuentes son dos: que había una enfermedad anterior que no se declaró, o que la invalidez no encaja con la que cubre la póliza.
El cuestionario de salud
El artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro obliga a quien contrata a contestar con verdad el cuestionario que le presente la compañía. La contrapartida es que, si la compañía no presentó cuestionario o no preguntó por esa enfermedad, el asegurado no tenía que declararla.
En la práctica hay que ver cómo se rellenó. Es habitual que se firmara en la oficina del banco, con las respuestas ya marcadas o sin leer las preguntas. Los tribunales valoran mucho si las preguntas eran claras y si el asegurado sabía que tenía esa enfermedad.
Pasado un año
En el seguro de vida, la compañía no puede impugnar el contrato una vez pasado un año desde su conclusión, salvo que el asegurado actuara con dolo, es decir, ocultando la enfermedad a sabiendas (artículo 89). Muchos rechazos se hacen años después de contratar, y este artículo pesa.
Si es por invalidez
La póliza define qué invalidez cubre: absoluta, total para la profesión habitual o la que reconozca la Seguridad Social. Hay que comparar esa definición con la resolución que te han dado. Si la definición restringe lo que razonablemente esperabas, puede ser una cláusula limitativa que no vale sin tu aceptación expresa por escrito.
Plazo y documentos
Para reclamar a la compañía en un seguro de personas hay cinco años (artículo 23). Reúne la póliza y el certificado individual del seguro, el cuestionario de salud firmado, la carta de rechazo, la resolución de invalidez o el certificado de defunción, y los informes médicos.
Si no tienes el cuestionario, pídeselo por escrito a la compañía o al banco. Es un documento clave y tienes derecho a una copia.